Artículo 9 del Convenio Constitutivo del Consejo de Ministras de la Mujer de Centroamérica (COMMCA), establece dentro de la estructura del Consejo a su Secretaría Técnica.
Secretaría Técnica de la Mujer o STM-COMMCA, es la institución de carácter técnico-administrativa sectorial responsable de ejecutar y desarrollar todas aquellas acciones que le solicite el COMMCA, en el ejercicio de sus competencias. Le corresponde dar seguimiento y cumplimiento a las acciones de carácter administrativo y técnico que involucren todas las decisiones emanadas del COMMCA, del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores y de la Reunión de Presidentes y que constituyen acciones vinculantes e incluyentes que deben cumplir y atender todos los Estados Miembros de la Región, y que representan el trámite y control administrativo de los expedientes y demás asuntos de competencia del COMMCA
La Secretaria Técnica de la Mujer tendrá entre sus funciones las siguientes
a) Coordinar las actividades de apoyo a las Ministras de la Mujer en el seguimiento del cumplimiento de las Resoluciones, Reglamentos, Acuerdos y Recomendaciones del Consejo y los Mandatos de la Reunión de Presidentes.
b) Ejecutar, en base a los insumos y colaboración de los Estados Miembros, los acuerdos del COMMCA; especialmente instrumentar y ejecutar el Plan de Acción que se establezca, e informar periódicamente sobre los avances.
c) Coordinar los aspectos logísticos para el desarrollo de las Reuniones del COMMCA y sus dependencias; trasmitir la convocatoria; preparar conjuntamente con PPT la propuesta de agenda de las reuniones ordinarias y extraordinarias del COMMCA, que le corresponda y participar en las mismas con voz, pero sin derecho a voto. Además levantar el acta de las reuniones de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del presente Reglamento y el Reglamento para la Adopción de Decisiones del SICA.
d) Gestionar el pago de las cuotas obligatorias establecidas para los Estados Miembros.
e) Elaborar los planes estratégicos u operativos anuales, programas y proyectos y sus respectivos presupuestos, para someterlos a la aprobación del COMMCA.
f) Monitorear el uso de los recursos económicos de los proyectos ejecutados directamente por el COMMCA, brindando periódicamente un informe sobre la ejecución presupuestaria, coincidiendo especialmente con el cambio de PPT.
g) Monitorear, evaluar, supervisar y dar seguimiento al cumplimiento de las estrategias, los programas y proyectos regionales que se ejecuten en el marco del COMMCA, de forma coordinada con la SG-SICA y manteniendo informada a la PPT.
h) Ser enlace regional como Titular del COMMCA con las distintas instancias del Sistema de Integración Centroamericana, las agencias y mecanismos de cooperación internacional para la promoción de iniciativas de desarrollo de la agenda de género del COMMCA/ aprobados por el Consejo.
i) Proponer la organización interna básica de la STM-COMMCA
Etc.
- Vigente desde el 12 de Agosto de 2005.
Datos relevantes
Fecha convenio constitutivo
Presidencia Pro Tempore actual
País de nacionalidad Titular actual